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CERTIFICACIONES 

desde el 2010 apegados a los objetivos generales y particulares del Colegio Mexicano de Ciencias Forenses del Acta 3424, del año 2005. art. 3 y los objetivos particulares Art. 4 Fracc. XI en respuesta a los fines establecidos en la Ley de profesiones Art. 4º y 5º. constitucional, el CMXCF. realiza un trabajo constante en los procesos de certificación para reconocer el trabajo y experiencia de los profesionales de las áreas jurídico periciales de la republica mexicana.

El artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el artículo 21 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México, disponen que la Secretaría de Educación Pública (SEP), por conducto de la Dirección General de Profesiones, tiene entre sus atribuciones la de vigilar, con el auxilio de las asociaciones de profesionistas, el correcto ejercicio de las profesiones, es por ello que el Colegio Mexicano de Ciencias Forenses A.C. apegándose a los requisitos y características que emite la Dirección de profesiones.

Comité Académico de Especialistas

PROCESO DE CERTIFICACIÓN

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